
Objeto
Línea de crédito destinada a micro, pequeñas y medianas empresas con emprendimientos industriales, mineros, agrícolas (labores culturales), pecuarios, industriales, mineros y/o de servicios, cuyo objeto es el financiamiento de capital de trabajo requerido por las mismas.Componente financiable y monto máximo
Guardará estricta relación con la propuesta del inversor. No se financiará pago de sueldos y contribuciones patronales (salvo en las labores culturales en emprendimientos agrícolas y en empresas turísticas), pago de servicios, tasas y contribuciones que demande el giro habitual de su actividad, pago de cánones por contratos de alquiler y/o arrendamiento y el IVA de las erogaciones cuya asistencia crediticia se solicita, ni el pago de combustible para empresas de transporte.
En el caso de labores culturales agrícolas:
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Cultivos |
Monto Máximo por ha |
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Olivo-Membrilleros |
$ 8.400 |
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Vid |
$ 8.400 |
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Ciruelos para Industria |
$ 9.000 |
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Almendros |
$ 11.000 |
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Otros Frutales |
$ 10.000 |
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Papa |
$ 16.000 |
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Cebolla |
$ 10.000 |
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Ajo |
$ 18.000 |
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Tomate |
$ 16.000 |
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Zapallo coreano |
$ 8.400 |
A estos montos se adicionará lo que necesiten los productores que acrediten certificaciones de calidad (como por ejemplo Buenas Prácticas Agrícolas, EUREP-GAP o HACCP) y/o realice un manejo integrado del cultivo (donde se implementan técnicas alternativas para el control de carpocapsa).
Además se admiten como componente financiables las erogaciones destinadas a la adquisición de enseres y herramientas menores que sean de uso en tales emprendimientos agrícolas y hasta un importe máximo justificable $20.000.
En ningún caso el monto del financiamiento para labores culturales en emprendimientos agrícolas podrá superar los $300.000.
Tasa de interés
9,425% (50% de TNA del BNA).
Bonificaciones
La tasa podrá ser bonificada por el FTyC en hasta 3 puntos si el postulante acredita en la Dirección de Contingencias Climáticas que sus cultivos fueron dañados, como mínimo, en un 80%. También se podrá bonificar en hasta 3 puntos si el postulante acredita ser parte en procesos asociativos, de integración de productores o similares. Estas bonificaciones podrán ser acumulativas.
Reintegro de préstamos y plazos
Los plazos de devolución del capital del crédito serán definidos para cada caso, conforme su destino o aplicación.
El capital se amortizará en cuotas iguales, consecutivas y con frecuencia mensual o trimestral, al igual que los intereses.
El plazo total (de gracia y amortización) no podrá exceder en ningún caso los 15 meses, salvo los emprendimientos pecuarios que no podrán superar los 18 meses. Otra excepción estará dada cuando el postulante acredite, mediante presentación de constancia debidamente emitida por la Dirección de Contingencias Climáticas, que el emprendimiento para el cual se solicita el préstamo fue afectado por daños por granizo y/o heladas en un porcentaje igual o superior al 80%, para lo cual el plazo máximo del financiamiento no podrá superar los 24 meses.
Garantías
-Hipotecarias
-Fianzas extendidas por una entidad financiera
-Fianzas y/o avales extendidos por una Sociedad de Garantías Recíprocas
-Prendarias
-Warrants
-Otras garantías que evalúe el FTyC








