5234 Créditos Otorgados* *Datos correspondientes al período 2008 - 2011

Obras de electrificación rural monofilar


Objeto

Inversiones en obras de electrificación rural monofilar en emprendimientos agropecuarios localizados en la provincia de Mendoza. Los postulantes deberán ser: 1) PYMES. 2) Productores ganaderos inscriptos en el RENSPA. 3) Productores agrícolas acreditados mediante RUT vigente.

Condiciones de ingreso

Se deberá presentar en detalle la composición y valorización de la inversión para la que solicita el financiamiento con los siguientes alcances:

1 - Si la obra fuera ejecutada por cuenta de la Empresa Distribuidora de Electricidad, la factibilidad técnica será emitida por la misma y serán conformadas las inversiones por la Subsecretaría de Programación Agroalimentaria y Gestión de la Calidad, dependiente de Ministerio de Producción, Tecnología e Innovación de la provincia de Mendoza.

2 - Si la obra fuera ejecutada por cuenta de terceros y, a efectos de iniciar el tratamiento de la solicitud de crédito por parte del FTyC, la factibilidad técnica será emitida por la Empresa Distribuidora de Electricidad. 

Componente financiable y monto máximo

El financiamiento no podrá superar el 75% de la inversión total a realizar, con un máximo $200.000, debiendo aportar el inversor no menos del 25% de la inversión total. Podrá considerarse como aporte propio del postulante:

1-Los recursos que integre la Empresa Distribuidora de Electricidad en oportunidad de ejecución de la obras hasta su total realización.   
2- El I.V.A. sobre inversiones.
3-Activos existentes en la Empresa Distribuidora de Electricidad (inversiones preexistentes) para ser utilizadas en la  ejecución de la obra.

Tasa de interés compensatorio

Será del 9,425% (50% de la T.N.A. del B.N.A.)
En caso que el postulante sea productor caprino, será  el  5,655% (30% de la T.N.A. del B.N.A.). 

Reintegro de préstamos y plazos

El plazo total de financiamiento no podrá superar los 5 años. El plazo de gracia será de hasta 1 año y el de amortización de hasta 4 años.
No se contempla gracia para el pago de los intereses compensatorios correspondientes.
El pago del capital y de intereses será en cuotas semestrales.

Garantías

Todas las garantías que admite el FTyC

Además se admitirá como garantía la fianza extendida por la Empresa Distribuidora de Electricidad, previamente calificada por el FTyC, cuando sea la ejecutante y co-financiadora de la obra para la que se solicita el financiamiento. 

Análisis de riesgo crediticio

No se solicita presentación de documentación contable en las solicitudes de financiamiento por un importe igual o inferior a $ 45.000 y/o cuando, independientemente del monto, se cuente con garantía de fianza emitida por la Empresa Distribuidora de Electricidad.

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